ACUERDO ESCOLAR DE CONVIVENCIA
TEXTOS MÁS PERTENENTES A LA DOCENCIA.
Derecho de los Docentes
Los
docentes tienen derecho a ejercer su profesión en un ámbito de libertad
responsable consigo y con los demás, en un ambiente que reúna las condiciones
de seguridad y salubridad, y a disponer de equipamientos y recursos didácticos
acordes a la realidad de la Institución.
Los
docentes tienen derecho a pedir sanciones al equipo directivo ante la falta de
respeto de cualquier tipo de parte de los alumnos o algún colega.
Los
docentes tienen derecho a ser reconocidos
y estimulados en su tarea. A capacitarse, a participar del Consejo Consultivo
por medio de los coordinadores de área. A ser informados adecuada y
oportunamente de situaciones relevantes para la convivencia comunitaria y que
sean pertinentes a su función.
Tienen
derecho a ser escuchados y recibir respuestas a sus inquietudes y aportes. A la
activa participación de la elaboración y actualización del P.E.I. y de los
A.E.C.
Deberes de los Docentes
Los
docentes deben respetar y adherir al carisma e ideario de la Institución.
Conocer y transmitir el P.E.I y los A.E.C.
Reflejar
y transmitir desde su práctica pedagógica-pastoral la síntesis:
“fe-cultura-vida”.
Capacitarse
para mejorar sus prácticas pedagógicas.
Conocer,
respetar y hacer respetar las normas institucionales.
Cuidar
que su presentación personal sea la adecuada a sus funciones y al estilo,
principios y fines de la Institución.
Permanecer
en su lugar de trabajo desde su inicio hasta el final de su horario.
Participar
junto a los alumnos en el izamiento y arriamiento de la bandera, en actos,
celebraciones, capacitaciones y otras actividades que realice la Institución.
Informar
a los alumnos, desde el inicio del ciclo lectivo, sobre la organización de las
áreas curriculares y los criterios de evaluación de las mismas. Informar
también periódicamente a los alumnos o padres del proceso de aprendizaje.
Completar el cuadernillo de notas pera el mejor seguimiento de los alumnos.
Entregar
la documentación que el Colegio, el Estado o El Consejo de Educación les
solicite.
Contribuir,
por medio del ejemplo y de la formación de hábitos en la comunidad, con la
limpieza, el orden y el mantenimiento de los recursos, del mobiliario y los
espacios comunes.
Justificar
las inasistencias, pedidos de licencia y tardanzas ante la Secretaría y
Dirección en tiempo y forma.
No
usar dentro del aula, en actos escolares, celebraciones, reuniones, etc.,
elementos que generen distracciones, o que en el contexto mencionado impliquen
falta de respeto a las personas que se encuentren disertando y/o coordinando el
espacio.
No
emitir juicios valorativos de los alumnos en ámbitos que no correspondan.
Conducta del Alumno
El primer objetivo es la evolución y
potenciamiento armónico de la dimensión personal y psicofísica del educando.
Considerando
el carisma salesiano de la Institución que permite la práctica del sistema
preventivo planteado por Don Bosco, se
priorizará en este punto el diálogo, instando a los alumnos a recapacitar sobre
sus acciones en tal forma que en los casos de colisión de derechos o principios
los valores superiores, respeto por la vida, verdad, responsabilidad y otros
sean condicionantes de la decisión.
El
listado siguiente no abarca la totalidad
de faltas que pueden darse, por lo que es meramente orientativo. Vale
aclarar que en todos los casos la gravedad de la falta quedará a criterio del
Consejo de Convivencia y, en última instancia, convalidado por la Dirección.
- Faltar el respeto a principios
fundacionales católicos-salesianos
- Atentar contra imágenes religiosas o
patrióticas
- Golpear o proferir insultos y/o amenazas
- Robar a adultos o a pares
- Falsificar firmas, calificaciones y
notificaciones
- Dañar, ocultar o sustraer documentación
escolar
- Dañar parcial o totalmente instalaciones,
mobiliario y materiales del establecimiento
- Retirarse del establecimiento sin
autorización del personal
- Retirarse del aula sin autorización del
docente responsable de la clase
- Fumar y/o ingerir sustancias tóxicas
- Ausentarse injustificadamente en instancias
de formación y saludo hacia el comienzo y final de la jornada, de Buenos
días/Buenas tardes con izamiento y arrío de la Bandera Nacional
- Desobedecer indicaciones u órdenes de
los adultos
- Desobedecer acuerdos
institucionales
- Comer y beber en el aula o mascar chicle
- Concurrir al establecimiento sin el
Cuaderno de comunicaciones
- Molestar en clase o no prestar atención
- Utilizar el celular en clase. Se
ratifica la absoluta responsabilidad de los alumnos en el uso, tenencia y
transporte de elementos tecnológicos dentro del Establecimiento[1]
- Publicar en redes sociales comentarios
agraviantes sobre compañeros, docentes e instituciones
- Ensuciar las instalaciones y/o
mobiliario del colegio
Incumplimiento
reiterado de los acuerdos
Sobre las sanciones
En
el camino pedagógico y preventivo, propio del carisma salesiano, la Institución
opta por distinguir las faltas entre leves y graves. Esto lo hacemos con el fin
de mejorar la aplicación de las sanciones en orden a la justicia y en beneficio
del crecimiento del alumno y de la comunidad educativa. Las mismas se detallan
a continuación:
Faltas Leves:
Aquellas que incumplan deberes y que no afectan gravemente a otros y/o a la
comunidad o al edificio escolar.
Faltas Graves:
Faltas que afecten, perjudiquen o pongan en peligro su persona, la de los demás
miembros de la comunidad escolar o el patrimonio o prestigio de la escuela.
El
itinerario de respuesta ante las faltas será el siguiente:
Ante las faltas leves:
- Apercibimiento oral.
- Apercibimiento escrito (anotación en
partes diarios e informes periódicos).
- Acción reparadora[2]: se solicitará al tercer o quinto apercibimiento escrito según el caso.
Ante las faltas graves
- Apercibimiento oral, escrito y acción
reparadora.
- De acuerdo a la gravedad de la falta y/o
repetición de la misma se solicitará la suspensión de un día a una semana,
según lo considere la Dirección con el Consejo Escolar de Convivencia.
- Al finalizar el año y evaluando su
desempeño según el carisma e ideario de la Institución se evaluará la
reinscripción, previa convocatoria al Consejo Escolar de Convivencia. En
el caso de los quintos años ante la gravedad de la falta, el alumno podría
quedar libre y deberá rendir en las instancias del P.O.E.C. la totalidad
de las materias del cursado de ese año.
- Cabe aclarar que cada caso tiene una
particularidad única y merece ser resuelto de la mejor manera posible
según sea la situación de ese momento. Por lo mismo esta normativa es
orientativa y la aplicación de la norma requerirá el ejercicio crítico y
prudente de los directivos y el Consejo Escolar de Convivencia.
[1] Esta norma tendrá excepciones con la debida autorización y
responsabilidad del docente.
[2] Toda acción pedagógica que busca cambiar las actitudes del
alumno para sí mismo y para con la comunidad educativa; y enmendar o compensar
daños causados a otras personas y/o institución. Son acciones que pretenden
restablecer las relaciones o el ambiente escolar de confianza y solidaridad.
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