viernes, 8 de junio de 2018

ACUERDO ESCOLAR DE CONVIVENCIA - TEXTOS DOCENTES

ACUERDO ESCOLAR DE CONVIVENCIA
TEXTOS MÁS PERTENENTES A LA DOCENCIA.

Derecho de los Docentes
Los docentes tienen derecho a ejercer su profesión en un ámbito de libertad responsable consigo y con los demás, en un ambiente que reúna las condiciones de seguridad y salubridad, y a disponer de equipamientos y recursos didácticos acordes a la realidad de la Institución.
Los docentes tienen derecho a pedir sanciones al equipo directivo ante la falta de respeto de cualquier tipo de parte de los alumnos o algún colega.
Los docentes tienen derecho  a ser reconocidos y estimulados en su tarea. A capacitarse, a participar del Consejo Consultivo por medio de los coordinadores de área. A ser informados adecuada y oportunamente de situaciones relevantes para la convivencia comunitaria y que sean pertinentes a su función.
Tienen derecho a ser escuchados y recibir respuestas a sus inquietudes y aportes. A la activa participación de la elaboración y actualización del P.E.I. y de los A.E.C.

Deberes de los Docentes
Los docentes deben respetar y adherir al carisma e ideario de la Institución. Conocer y transmitir el P.E.I y los A.E.C.
Reflejar y transmitir desde su práctica pedagógica-pastoral la síntesis: “fe-cultura-vida”.
Capacitarse para mejorar sus prácticas pedagógicas.
Conocer, respetar y hacer respetar las normas institucionales.
Cuidar que su presentación personal sea la adecuada a sus funciones y al estilo, principios y fines de la Institución.
Permanecer en su lugar de trabajo desde su inicio hasta el final de su horario.
Participar junto a los alumnos en el izamiento y arriamiento de la bandera, en actos, celebraciones, capacitaciones y otras actividades que realice la Institución.
Informar a los alumnos, desde el inicio del ciclo lectivo, sobre la organización de las áreas curriculares y los criterios de evaluación de las mismas. Informar también periódicamente a los alumnos o padres del proceso de aprendizaje. Completar el cuadernillo de notas pera el mejor seguimiento de los alumnos.
Entregar la documentación que el Colegio, el Estado o El Consejo de Educación les solicite.
Contribuir, por medio del ejemplo y de la formación de hábitos en la comunidad, con la limpieza, el orden y el mantenimiento de los recursos, del mobiliario y los espacios comunes.
Justificar las inasistencias, pedidos de licencia y tardanzas ante la Secretaría y Dirección en tiempo y forma.
No usar dentro del aula, en actos escolares, celebraciones, reuniones, etc., elementos que generen distracciones, o que en el contexto mencionado impliquen falta de respeto a las personas que se encuentren disertando y/o coordinando el espacio.
No emitir juicios valorativos de los alumnos en ámbitos que no correspondan.

Conducta del Alumno
 El primer objetivo es la evolución y potenciamiento armónico de la dimensión personal y psicofísica del educando.
Considerando el carisma salesiano de la Institución que permite la práctica del sistema preventivo planteado por Don Bosco,  se priorizará en este punto el diálogo, instando a los alumnos a recapacitar sobre sus acciones en tal forma que en los casos de colisión de derechos o principios los valores superiores, respeto por la vida, verdad, responsabilidad y otros sean condicionantes de la decisión.
El listado siguiente no abarca la totalidad de faltas que pueden darse, por lo que es meramente orientativo. Vale aclarar que en todos los casos la gravedad de la falta quedará a criterio del Consejo de Convivencia y, en última instancia, convalidado por  la Dirección.
  • Faltar el respeto a principios fundacionales católicos-salesianos
  • Atentar contra imágenes religiosas o patrióticas 
  • Golpear o proferir insultos y/o amenazas
  • Robar a adultos o a pares
  • Falsificar firmas, calificaciones y notificaciones
  • Dañar, ocultar o sustraer documentación escolar
  • Dañar parcial o totalmente instalaciones, mobiliario y materiales del establecimiento
  • Retirarse del establecimiento sin autorización del personal
  • Retirarse del aula sin autorización del docente responsable de la clase
  • Fumar y/o ingerir sustancias tóxicas
  • Ausentarse injustificadamente en instancias de formación y saludo hacia el comienzo y final de la jornada, de Buenos días/Buenas tardes con izamiento y arrío de la Bandera Nacional
  • Desobedecer indicaciones u órdenes de los adultos
  • Desobedecer acuerdos institucionales 
  • Comer y beber en el aula o mascar chicle
  • Concurrir al establecimiento sin el Cuaderno de comunicaciones
  • Molestar en clase o no prestar atención
  • Utilizar el celular en clase. Se ratifica la absoluta responsabilidad de los alumnos en el uso, tenencia y transporte de elementos tecnológicos dentro del Establecimiento[1]
  • Publicar en redes sociales comentarios agraviantes sobre compañeros, docentes e instituciones
  • Ensuciar las instalaciones y/o mobiliario del colegio
Incumplimiento reiterado de los acuerdos

Sobre las sanciones
En el camino pedagógico y preventivo, propio del carisma salesiano, la Institución opta por distinguir las faltas entre leves y graves. Esto lo hacemos con el fin de mejorar la aplicación de las sanciones en orden a la justicia y en beneficio del crecimiento del alumno y de la comunidad educativa. Las mismas se detallan a continuación:
Faltas Leves: Aquellas que incumplan deberes y que no afectan gravemente a otros y/o a la comunidad o al edificio escolar.
Faltas Graves: Faltas que afecten, perjudiquen o pongan en peligro su persona, la de los demás miembros de la comunidad escolar o el patrimonio o prestigio de la escuela.
El itinerario de respuesta ante las faltas será el siguiente:
Ante las faltas leves:
  • Apercibimiento oral.
  • Apercibimiento escrito (anotación en partes diarios e informes periódicos).
  • Acción reparadora[2]: se solicitará al tercer o quinto apercibimiento escrito según el caso.
Ante las faltas graves
  • Apercibimiento oral, escrito y acción reparadora.
  • De acuerdo a la gravedad de la falta y/o repetición de la misma se solicitará la suspensión de un día a una semana, según lo considere la Dirección con el Consejo Escolar de Convivencia.
  • Al finalizar el año y evaluando su desempeño según el carisma e ideario de la Institución se evaluará la reinscripción, previa convocatoria al Consejo Escolar de Convivencia. En el caso de los quintos años ante la gravedad de la falta, el alumno podría quedar libre y deberá rendir en las instancias del P.O.E.C. la totalidad de las materias del cursado de ese año.
  • Cabe aclarar que cada caso tiene una particularidad única y merece ser resuelto de la mejor manera posible según sea la situación de ese momento. Por lo mismo esta normativa es orientativa y la aplicación de la norma requerirá el ejercicio crítico y prudente de los directivos y el Consejo Escolar de Convivencia.




[1] Esta norma tendrá excepciones con la debida autorización y responsabilidad del docente.
[2] Toda acción pedagógica que busca cambiar las actitudes del alumno para sí mismo y para con la comunidad educativa; y enmendar o compensar daños causados a otras personas y/o institución. Son acciones que pretenden restablecer las relaciones o el ambiente escolar de confianza y solidaridad. 

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

TAXONOMÍA DE BLOOM

Han pasado más de cincuenta años y la Taxonomía de Bloom continúa siendo herramienta fundamental para establecer objetivos de aprendizaje. E...

ADMINISTRACIÓN TIEMPO DE CLASES